Familia

Matrimonio o pareja de hecho: lo que da para el permiso de residencia

El matrimonio confirma la prueba: Pareja de hecho, una pareja sin matrimonio, se equipara a él cuando se inscribe en el registro público del Estado de la UE o cuando se demuestra estabilidad: 12 meses juntos o un hijo común.

Material informativo, opinión jurídica no individual: se ha preparado utilizando IE; el examen de los expertos antes de la publicación aún no se ha llevado a cabo; las condiciones se aplican a una situación concreta y pueden cambiar.
En breve
  • El matrimonio está confirmado por un certificado: Pareja de hecho es equivalente al matrimonio si está registrada en el registro público del Estado de la UE o se demuestra que tiene 12 meses de vida juntos o un hijo común. (artículo 66 RD 1155/2024) [1].
  • El matrimonio, la pareja registrada y la pareja estable no registrada se consideran incompatibles: no puede haber dos tipos de matrimonio para una sola solicitud (arts. 66.1 b) y 94.1 RD 1155/2024) [1].
  • En Cataluña, la pareja se considera estable (parella estable) si ha vivido juntos más de dos años, tiene un hijo común o ha establecido una relación notarial. [2][3].
  • En el régimen de la familia de un ciudadano de la UE (RD 240/2007), sólo se considera matrimonio a una pareja registrada en un registro público, y se considera por separado a una pareja estable sin registrar (art. 2 bis). [4].
  • Para el permiso de residencia de un nómada digital, la ley llama a una persona en una relación similar a la de un cónyuge sin definición, y la UGE solicita un documento de residencia conjunta. [5][6].

¿Qué se considera matrimonio y matrimonio de hecho en la solicitud de permiso de residencia?

En los procedimientos migratorios, la ley distingue tres situaciones: el matrimonio está confirmado por el certificado, el marido debe tener más de 18 años, no estar separado y el matrimonio no es un delito. [1]La pareja registrada (pareja registrada) es una pareja cuya actitud como la del cónyuge está inscrita en el registro público del Estado de la UE y no se ha cancelado. [1]Una pareja estable sin inscripción (pareja estable debidamente problemática) es una pareja que demostrará una vida en común de al menos 12 meses consecutivos, dentro o fuera de España; para una pareja con un hijo común, no se necesita un período de espera mientras la conexión se mantenga [1]Estas definiciones incluyen el artículo 66 (reunificación del residente) y el artículo 94 (familia de un ciudadano español) RD 1155/2024. [1].

¿Cuáles son las condiciones de cada estado?

CriterioMatrimonioPareja registradaPareja estable sin inscripción
¿Qué confirmamos?Certificado de matrimonioInscripción en el registro público del Estado de la UECualquier prueba admisible de un vínculo estable
Edad de la parejaMayores de 18 añosMayores de 18 añosMayores de 18 años
Vida en parejaNo se requiereNo se requiere12 meses consecutivos; no se requiere en el caso de un niño en general
ExcepcionesUna vida separada, un matrimonio sin leyGrabación desactivada, eludir la leyno hay vínculo probado
Compatibilidadincompatible con los otros dosincompatible con los otros dosincompatible con los otros dos

El cuadro describe el régimen general de RD 1155/2024. [1]Para DNV, UGE acepta el original o copia con apostilla y traducción [6].

¿Qué es una pareja estable en Cataluña y si está relacionada con un permiso de residencia?

Parella estable en el Código Civil de Cataluña son dos que viven como cónyuges si han vivido juntos más de dos años sin interrupción, tienen un hijo común durante una vida juntos o han establecido relaciones notarials (artículo 234-1 Ley 25/2010). (Artículo 234-2) [2].

Registro de parejas establecidas de Catalunya desde el 1 de abril de 2017, que es voluntario, no creador y requiere el consentimiento de ambos socios; constituye un medio de prueba [3]El acta notarial no se presenta en el registro por sí sola: los socios piden al notario que transmita los datos [3]Calcular que la inscripción en el registro catalán se aceptaría como una entrada en el registro público del Estado de la UE en RD 1155/2024, es lógico pero no hemos encontrado una explicación definitiva de Extranjería. Pareja de hecho en Cataluña y permiso de residencia.

¿ Son los mismos los resultados para los distintos regímenes los permisos de residencia?

ModoUna pareja sin matrimonioFuente
Reunificación con un residentePareja registrada o pareja estable con 12 meses de edad o hijo comúnRD 1155/2024, art. 66 [1]
Familia españolalas mismas dos opciones y las mismas incompatibilidadesRD 1155/2024, art. 94 [1]
Familia de un ciudadano de otro Estado de la Unión EuropeaSólo una pareja registrada automáticamente; la pareja estable se considera miembro de la familia por pruebaRD 240/2007, arts. 2 y 2 bis [4]
Familia del titular del DNV·persona con análoga relación de eficaciaLey 14/2013, art. 62.4 [5]

Conclusión: el matrimonio es la posición más precisa en todos los regímenes, y la pareja de hecho requiere pruebas cuya forma depende del régimen. Reunificación con el cónyuge y Familia en DNV.

¿ Qué depende de la situación, y qué no sabemos?

No hemos encontrado una explicación oficial de cómo la UGE evalúa a una pareja sin matrimonio en el DNV y si la oficina reconoce que un acto notarial sin registro es equivalente a una declaración. Tampoco está claro si el empadronamiento conjunto considera que la prueba es suficiente. Las condiciones de ingresos, seguros y vivienda no dependen de la forma de unión. La elección entre el matrimonio y la pareja de hecho afecta a los impuestos, los bienes y la herencia: es una cuestión de abogado. Planea la formalización en Cataluña, primero seleccione la ruta migratoria y luego la forma de unión. Como se ve toda la ruta para la familia, muestra hoja de ruta familiar, y los detalles de los regímenes se recogen en la página la reunificación familiar. Formación de la asociación: pareja de hecho en Barcelona; matrimonio: Matrimonio en España con un extranjero.

La separación en una reunión se rige por el artículo 69 RD 1155/2024: es posible obtener una autorización independiente si la pareja o el matrimonio duran al menos tres años, de los cuales un año en España [1]Para una pareja estable no registrada, esta norma no se describe directamente, por lo que se necesita asesoramiento.

Cuestiones frecuentes

¿Se puede obtener un permiso de residencia como pareja sin matrimonio?
Sí, en caso de reunificación con un residente y con una familia española, si la pareja está inscrita en el registro del Estado de la UE o si se demuestra una relación estable: 12 meses consecutivos de vida en común o un hijo común (RD 1155/2024) [1]. Para la familia de un ciudadano de la UE y para la DNV, otras normas [4][5].
¿Tiene que registrarse la pareja de hecho para solicitar un permiso de residencia?
No siempre. Los regímenes RD 1155/2024 permiten una pareja estable sin registro si prueban 12 meses de vida juntos o si hay un hijo común. [1]. En el régimen de la familia de un ciudadano de la UE, se considera por separado a la pareja como miembro de la familia sin inscripción en el registro. [4].
¿Cuánto tiempo necesitas para que la pareja se sienta estable?
En el RD 1155/2024, las normas migratorias establecen 12 meses consecutivos, dentro o fuera de España, o un niño común. [1]En Cataluña, para los parella estable en derecho civil: más de dos años, hijo común o acto notarial (artículo 234-1 Ley 25/2010) [2]Esas son definiciones diferentes.
¿Es suficiente el empadronamita compartido?
Puede ser una prueba, pero no sustituye a las demás condiciones. ¿Qué documentos aceptaría la autoridad? Depende del modo y del caso. Para el DNV UGE, el certificado de convivencia es llamado "certificado de convivencia" [6], para el régimen general, la estabilidad se confirma con todas las pruebas admisibles [1].
¿Puedes estar casada y en pareja de hecho?
No, para los fines migratorios, el matrimonio, la pareja registrada y la pareja estable sin registro se consideran incompatibles [1]El derecho catalán excluye a una pareja si uno de los cónyuges está casado y no se ha separado de facto (artículo 234-2 Ley 25/2010) [2].
¿Qué pasará cuando se rompa?
En caso de reunificación, es posible obtener una autorización independiente si el matrimonio o la pareja duran al menos tres años, de los cuales un año en España, y la solicitud se presenta en un plazo de seis meses (art. 69 RD 1155/2024). [1]Para una pareja sin registro, la norma no está claramente descrita, necesita una consulta.

Basado en fuentes originales

  1. BOE · Real Decreto 1155/2024, arts. 66, 69, 94 ○
  2. BOE · Ley 25/2010, libro segundo Código Civil de Cataluña, artículos 234-1 y 234-2
  3. Departament de Justícia · Registre de parelles estables de Catalunya ↗
  4. BOE · Real Decreto 240/2007, arts. 2 y 2 bis ○
  5. BOE · Ley 14/2013, artículo 62.4
  6. Ministerio - Documentación orientada a solicitar autorización de residencia para familiares (PDF)

Las fuentes se han visto en los textos consolidados y en las páginas de referencia de los departamentos, que son de carácter informativo: para su aplicación jurídica se tienen en cuenta las publicaciones oficiales, los cambios y las circunstancias concretas, y el abogado no ha examinado personalmente el material.

Convierte la información en preguntas.

El Navegador puede ayudar a reunir los temas para un examen individual, no define el derecho de residencia ni envía la solicitud.

Recoger la memoria

Condiciones de trabajo NEXO: 30 minutos de consulta gratuita, 121 minutos de consulta completa, 45 minutos de duración; el costo de la actividad se calcula por separado, los derechos y las transferencias; el componente jurídico está dirigido por un abogado del equipo, un graduado fiscal y administrativo. sobre el equipo.

¿Quieres ir por tu cuenta? Permiso de residencia en Barcelona: desde empadronamiento hasta TIE y hojas de ruta por causa.

¿Cómo se aplica a tu situación?

Elige un primer paso en el cuestionario breve o comenta tus dudas con el equipo de NEXO.